En caso de problemas, aplazar o reconocer la deuda

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Al hilo de los post anteriores, espero este os pueda servir para que en caso de veros en la necesidad, toméis la decisión acertada.

En el caso de no poder hacer frente a la cuota que hay que pagarle a Hacienda en la liquidación del trimestre, no dejéis pasar la situación sin tomar ciertas medidas para que el daño sea el menor posible.

Si disponéis de algo de dinero pero no podéis afrontar la deuda completa, solicitad un fraccionamiento, aplazamiento del pago, si sois autónomo o pyme podréis hacerlo vía electrónica, por un importe de deuda global con la Agencia Tributaria de hasta 30.000 euros, pero no podréis aplazar cantidades inferiores a 300 euros siempre y cuando justifiquéis mediante un sencillo modelo que estáis pasando dificultades de liquidez.

Haciendo esto no figurareis con deudas ante la Administración, vital en caso de estar disfrutando, por ejemplo, de bonificaciones en los seguros sociales. El IRPF no podemos aplazarlo, pero deberemos, presentar el modelo y hacer un reconocimiento de la deuda, al menos así, habremos cumplido con parte de nuestras obligaciones.